Artículo
18:
Se considera aprobada la unidad curricular
cuando el estudiante haya cumplido al menos, las siguientes condiciones:
1.
Haber obtenido la calificación mínima de doce (12) puntos.
2.
Haber asistido como mínimo a un setenta y cinco por ciento (75%) de las horas
presenciales de la unidad curricular.

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